Imagen de referencia / CIDH-REDLAD
Por: Lilian Vega, de Bálsamo RTV.
Durante el año 2022 la CIDH emitió 5 comunicados y uno más en abril de este año. Todos ellos están relacionados directa o indirectamente con el régimen de excepción.
Insistentemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, o CIDH, ha realizado llamados al gobierno de El Salvador para que todo procedimiento en el marco del régimen de excepción se realice de acuerdo con los estándares internacionales y siguiendo el debido proceso.
En abril, junio, julio y septiembre del año pasado, y nuevamente en abril de este año la Comisión recuerda que el Estado tiene la obligación de respetar las garantías judiciales, indispensables para la protección de los derechos y libertades y que estos deben permanecer vigentes, inclusive durante los estados de excepción.
En abril del año pasado alertó sobre riesgos de criminalización severa a ejercicios legítimos de la libertad de expresión en El Salvador tras la aprobación de reformas al Código Penal y las prohibiciones dirigidas específicamente a los medios de comunicación en la Ley de Proscripción de Pandillas. Ante esta situación, la Oficina resalta su deber de desplegar el mandato para estimular la defensa del derecho a la libertad de expresión en El Salvador, y así contribuir a dimensionar los riesgos de criminalización de discursos legítimos que plantean las legislaciones mencionadas.
Un año después, en abril de 2023 la CIDH alertó nuevamente al Estado de El Salvador que la suspensión de derechos y garantías, especialmente cuando es aplicada de manera indefinida, constituye un mecanismo inadecuado para enfrentar el crimen común; y reitera la obligación de asegurar las garantías judiciales indispensables para la protección de los derechos y libertades.
Esto, aunque las cifras oficiales muestren que el país alcanzó una reducción de la criminalidad, contabilizando 188 días sin homicidios en los últimos 12 meses, la CIDH ha señalado que, si bien el Estado tiene el derecho y la obligación de garantizar su seguridad y mantener el orden público, su poder no es ilimitado, pues tiene el deber, en todo momento, de aplicar procedimientos conformes al ordenamiento vigente y respetuoso de los derechos fundamentales a toda persona que esté bajo su jurisdicción.
Ya en noviembre del año pasado, a siete meses de vigencia del régimen de excepción en El Salvador, la CIDH expresaba preocupación por la persistencia de detenciones masivas y presuntamente arbitrarias, y el incumplimiento de las garantías judiciales.
El Estado de El Salvador indicó haber adoptado un "Protocolo de Actuación para el Personal Penitenciario en los Diferentes Centros ante el Impacto de la Aplicación del Régimen de Excepción en El Salvador" para garantizar los derechos humanos de las personas privadas de libertad; así como un sistema de información a familiares de personas privadas de libertad.
Ante la gravedad de las denuncias recibidas, la Comisión ofrece al Estado salvadoreño realizar una visita al país y colaborar técnicamente en la implementación de los estándares interamericanos, y así, asegurar que las acciones relativas a las políticas de seguridad ciudadana y penitenciaria se implementen dentro de los límites y procedimientos que garanticen el respeto a los derechos y la dignidad humana.
A la CIDH le preocupa las prórrogas de la suspensión de derechos contenidas bajo el régimen de excepción y las consecuentes restricciones a los derechos humanos en lugar de la implementación de políticas públicas sobre seguridad ciudadana que incorporen los estándares de derechos humanos como guía y a la vez como límite infranqueable para las intervenciones del Estado.
La CIDH reitera al Estado de El Salvador su llamado para asegurar que, tanto las acciones de prevención, como las relativas a la investigación, juzgamiento y sanción a los crímenes se implementen dentro de los límites y procedimientos que garanticen la seguridad pública y el respeto a los derechos humanos y garantías judiciales, preservando la dignidad humana como un todo.
Comments